BLOG

La modificación se realizó derivada de que el esquema de subsidio al Impuesto Sobre la Renta (ISR) fue rebasado por los incrementos al salario mínimo.

  • Todas las personas trabajadoras que ganen menos de 9 mil 81 pesos recibirán el beneficio.

El Gobierno de México realizó una actualización al subsidio para el empleo, con la cual se beneficia a 8.2 millones de personas trabajadoras que ganan menos de 9 mil 81 pesos al mes. Así, quienes se beneficiaron del reciente incremento de 20% al salario mínimo, verán efectivamente un incremento de ese porcentaje en su salario después de impuestos.

Lo anterior derivado de que los incrementos al salario mínimo rebasaron los subsidios otorgados al ISR, lo que impactó en el monto final del pago realizado a la población trabajadora, ya que, para quienes fueron beneficiados por el último incremento de los salarios mínimos de 20%, el 6% del aumento se iba al pago de impuestos.

Por lo anterior, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) solicitaron a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la actualización del esquema, con la finalidad de que el incremento a los salarios mínimos se viera reflejado en su totalidad.

A causa de lo anterior, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, autorizó y firmó el decreto que avala dicha modificación, la cual nunca se había realizado en el pasado porque el salario mínimo no crecía, pero ahora que subió fue necesario actualizarla para que los que menos ganan paguen menos impuestos.

Con el nuevo esquema, todas las personas trabajadoras que ganan menos de 9 mil 81 pesos (alrededor de 1.2 salarios mínimos) verán una reducción en el impuesto a pagar, lo que permitirá que reciban de manera íntegra el 20% de incremento del salario mínimo más reciente. Esta es una medida que beneficia a 8.2 millones de personas trabajadoras que menos ganan (el 37.1% de toda la población trabajadora formal).

Con esto se beneficia nuevamente a las personas trabajadoras que menos tienen, garantizando que el incremento salarial después de impuestos sea de al menos el 20%, el mismo porcentaje que el incremento del salario mínimo.

Se actualiza subsidio para el empleo en beneficio del salario de 8.2 millones de personas trabajadoras

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, a partir del 1 de febrero de 2024, se puso en operación una nueva plataforma para que las personas morales que tributan en el Régimen General presenten los pagos definitivos del impuesto al valor agregado (IVA) del ejercicio 2024.

La nueva herramienta incluye las siguientes mejoras para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de esta obligación fiscal:

  • Se consolidan en una sola herramienta todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes del Régimen General.

  • Rediseño del formulario para identificar de una manera más fácil los conceptos que conforman la declaración.

  • Facilita el cumplimiento mediante la precarga de la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos de tipo “Ingreso” y “Pago”, con opción de modificación, respetando en todo momento el derecho de la autodeterminación de los contribuyentes.

Los pagos definitivos del IVA son una declaración que se hace mensualmente para informar al SAT sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado de este impuesto, y el plazo para presentarla es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago, de conformidad con el artículo 5-D, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Se recuerda que son sujetos del IVA aquellas personas morales que enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, importen bienes o servicios.

El SAT mantiene la firme convicción de seguir implementando acciones y mejoras para que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones, así como para consolidar una cultura contributiva con herramientas adecuadas para la población mexicana.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, a partir del 1 de febrero de 2024, se puso en operación una nueva plataforma para que las personas morales que tributan en el Régimen General presenten los pagos definitivos del impuesto al valor agregado (IVA) del ejercicio 2024.

La nueva herramienta incluye las siguientes mejoras para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de esta obligación fiscal:

  • Se consolidan en una sola herramienta todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes del Régimen General.

  • Rediseño del formulario para identificar de una manera más fácil los conceptos que conforman la declaración.

  • Facilita el cumplimiento mediante la precarga de la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos de tipo “Ingreso” y “Pago”, con opción de modificación, respetando en todo momento el derecho de la autodeterminación de los contribuyentes.

Los pagos definitivos del IVA son una declaración que se hace mensualmente para informar al SAT sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado de este impuesto, y el plazo para presentarla es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago, de conformidad con el artículo 5-D, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Se recuerda que son sujetos del IVA aquellas personas morales que enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, importen bienes o servicios.

El SAT mantiene la firme convicción de seguir implementando acciones y mejoras para que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones, así como para consolidar una cultura contributiva con herramientas adecuadas para la población mexicana.